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Todos los trabajadores cuentan, de acuerdo a la ley, con días de
descanso, como vacaciones o permisos. Además, son numerosos los
empleados que disponen de los conocidos como días de "asuntos propios",
jornadas dedicadas a solventar cuestiones inaplazables y de interés para
el trabajador. Pero esto puede cambiar por completo y convertirse en
días "recuperables". Así lo ha considerado el Tribunal Supremo: más allá
de que los trabajadores tengan derecho a solicitar estas licencias,
deberán reponer las horas de ausencia hasta cumplir con el total de
horas anuales obligatorias.

Para cuestiones personales
Casarse, ser padre, cambiarse de domicilio... Todas estas situaciones
requieren tiempo. Y los trabajadores que se encuentren en cualquiera de
ellas cuentan con la posibilidad de cogerse unos días de permiso,
contemplados por ley. Tras notificarlo a la empresa, el empleado puede
ausentarse de su puesto y cobrar de igual manera el mes completo. En
estos casos, el trabajador debe justificar la causa, entre otros, con
certificados médicos en el caso de enfermedad.
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